Además de los miembros de la BSC, resulta que tambien los Ingenieros Informáticos Portugueses se considerarán regulados en España por el mismo artículo del RD 1837/2008 donde, recordemos, se cita:
3. Igualmente, quedará equiparada a una profesión regulada, cuando los apartados anteriores no sean de aplicación, la profesión ejercida por los miembros de una asociación u organización de las que se mencionan en el anexo I. Se trata de entidades que gozan de un reconocimiento especial por parte de un Estado miembro de la Unión Europea, que expiden a sus miembros un título de formación, garantizando que cumplen normas profesionales dictadas por ellas y les otorgan el derecho a utilizar profesionalmente un diploma, una abreviatura o un rango correspondiente a dicho título de formación.
Idéntica equiparación se producirá cuando un Estado miembro otorgue el reconocimiento a una asociación u organización de este tipo, siempre que dicho Estado informe de ello a la Comisión Europea y ésta lo haga público del modo que proceda en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Porque en nuestro Pais vecino Ingeniería Informática es una profesión regulada, colegiada y con atribuciones profesionales.
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1 comentarios:
Hay un reportaje en www.elartedelmalgusto.blogspot.com sobre la huelga que hicimos el 19 de Noviembre en Málaga.
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